HERNIA DISCAL L4-L5.”FALSA VIA”-CIRUGÍA FALLIDA-REINTERVENCION-CHUAC-CONDENADOS A INDEMNIZAR SERGAS Y ASEGURADORA.
Castreje&Co Abogados
Abogados de Daños , Accidentes, Víctimas de Negligencias Médicas Y DE LA ASOCIACIÓN DEL DEFENSOR DEL ENFERMO.
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RESUMEN DEL LITIGIO:
Tras demanda formulada por nuestro bufete Castreje&Co Abogados, y dirigido el litigio por el abogado Cipriano Castreje un juzgado contencioso de Santiago estima parcialmente una demanda de daños y perjuicios por una cirugía fallida de HERNIA DISCAL L4-L5 a mujer de 55 años.
Nuestra cliente padecía cómo es típico en las hernias discales L4-L5, fuertes dolores incapacitares que no cedían a tratamiento conservador ni a la analgesia pautada, incluso con opiáceos, por lo que se le propone cirugía por el servicio de neurocirugía del CHUAC-A CORUÑA.
La técnica quirúrgica que se le realizó fue laminectomía y artrodesis lumbosacra. En esta intervención se pretendía fijar la columna mediante tornillos pediculares no pudiendo canalizarse el lado izquierdo por el efecto de que al intentar insertar uno de los tornillos el cirujano lo hizo por una via inadecuada, también conocida como “ falsa via”.
El efecto lógico fue que no se pudo conseguir la fijación bilateral que se había pautado, y sin embargo tras la cirugía se señaló que la paciente salió de la cirugía con mejoría y con disminución del dolor, lo que se contradecía con la clínica, ya que ni hubo mejoría y el dolor había empeorado, y seguía empeorando cada dia.
Al no haberse realizado, a nuestro entender, de manera correcta la primera cirugía, la paciente tuvo que ser reintervenida, más de un año después de la primera cirugía, por otro equipo quirúrgico del CHUAC realizándose fijación L5-S1 izquierda, colocación de tornillo de 5.5 x 45 en L5 y 6mm x 40 en sacro, recibiendo el alta hospitalaria con una ligera mejoría, por lo menos el dolor al haber eliminado parte de la compresión de las raíces había disminuido. Pero la alerta dura poco en la casa del pobre y poco después de esta segunda cirugía la paciente seguía presentando dolor que obedece a lo que se conoce como síndrome de cirugía fallida.
Un juzgado de lo contencioso administrativo De Santiago de Compostela acoge parte de nuestros argumentos y señala la sentencia para estimar nuestras pretensiones que:
“Como ha quedado expuesto, y en relación con la primera intervención, en la que estaba prevista la fijación bilateral, no se consiguió, no habiéndose razonado ni justificado que no se pudiera haber insertado el tornillo en la vía adecuada, y conforme a la técnica requerida.
Esa circunstancia supone mala praxis”
La sentencia condena al SERGAS y a su aseguradora y su compañía al pago de 30.000 euros mas los intereses desde la fecha de la reclamación patrimonial.
Hemos considerado que esta indemnización es insuficiente para reparar el daño de forma integra y la sentencia ha sido apelada por nuestra parte ante el Tribunal Supremo de Justicia de Galicia.